El cónyuge debe ser compensado por el trabajo doméstico.

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Divorcios Zaragoza

El Tribunal Supremo, con base en el artículo 1438 del Código Civil, cuyo texto es el siguiente:

«Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio, lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación

Anula una sentencia de divorcio en la que no se tenía en cuenta el derecho de la esposa a percibir una compensación por las tareas del hogar realizadas durante el matrimonio.

Lo cierto es que no es la primera vez que se emite una sentencia en este sentido, ya en el 2014 una juez de Alicante concedió una indemnización por los servicios prestados durante los 22 años que duró el matrimonio, cuyo régimen económico era de separación de bienes, ya que es en el único en el que se contempla la posibilidad de resarcimiento por el trabajo doméstico realizado, la esposa recibió 106.128 € y una pensión compensatoria de 600 €.

Puedes leer el artículo completo aquí.

En esta entrada hablamos del divorcio de mutuo acuerdo.

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