Requisitos para el divorcio expréss

¿QUÉ NECESITO PARA UN DIVORCIO EXPRÉSS?

Son muchas las consultas que llegan a nuestros abogados de familia de Zaragoza sobre el divorcio exprés, vamos a explicar en este post cuáles son los requisitos para este tipo de divorcio.

El primer requisito es que exista acuerdo entre los cónyuges, no puede haber divorcio expréss si las partes no han llegado a un pacto previo.

Si no hubiera forma de conseguirlo necesariamente habría que acudir al divorcio contencioso, proceso con más trámites, menos atractivo económicamente y más lento.

El segundo requisito es el convenio regulador, es el documento en el que se reflejan los acuerdos a los que han llegado las partes y en el que se plasma la decisión de disolver el matrimonio.

El documento es recomendable que sea redactado y supervisado por un abogado de familia. Mediante el mismo se regulan todos los aspectos y las consecuencias que el divorcio va a suponer. Tiene un contenido mínimo y es el siguiente:

Cuidado de los hijos, es en este apartado constará todo lo relacionado con la custodia y el régimen de comunicación y visitas.

Régimen de comunicación y visitas de los abuelos.

Destino de la vivienda familiar y del ajuar.

Pensión de alimentos para los hijos, junto con el tipo de actualización.

Liquidación del régimen económico matrimonial ( destino de los bienes que la pareja tiene en común: vivienda, coches, terrenos, saldos en cuenta, préstamos, créditos…)

Pensión compensatoria en caso de que proceda otorgársela a uno de los cónyuges.

Otros requisitos son los siguientes:

Es necesario que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, siendo indiferente la forma en la que se celebró (civil o religioso).

La separación previa ya no es un requisito para poder solicitar el divorcio, lo que no implica que desaparezca la posibilidad de separarse de la pareja.

Puede dejarse el reparto de los bienes para un momento posterior, si bien, una vez dictada la sentencia de divorcio la sociedad conyugal queda disuelta. Lo anterior quiere decir que los bienes que adquieran los cónyuges a partir de ese momento serán de su exclusiva propiedad.

A diferencia de la anterior regulación, desde su modificación en 2005, no se obliga a alegar causa o motivo por el que solicitamos el divorcio.

El último domicilio conyugal ha de haber estado necesariamente en España, sin importar cuál fue el lugar en que se celebró el matrimonio.

Si usted y su pareja están de acuerdo en disolver el matrimonio pueden acudir a este procedimiento rápido y económico, si desea que un abogado especializado en divorcios le asesore contacte con nuestro despacho.

 

[5 ventajas del divorcio de mutuo acuerdo]

Hoy os hablamos de las 5 VENTAJAS DEL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO y del procedimiento a seguir para tramitarlo.

Principales ventajas del divorcio de mutuo acuerdo:

1. Emocionalmente el proceso se suaviza, en especial para los hijos.

2. Mayor cumplimiento de lo pactado, gracias al acuerdo previo.

3. El plazo para resolverlo es mucho más corto.

4. Costes menores, se puede compartir abogado y procurador.

5. Menor número de trámites.

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Procedimiento en el divorcio de mutuo acuerdo.

El divorcio de mutuo acuerdo comienza con una solicitud en nombre de ambos cónyuges (o incluso de uno sólo con consentimiento del otro) en el Juzgado del último domicilio conyugal o en el de cualquiera de ellos si ya viven separados.

Al Juzgado, al que se deberá acudir con abogado y procurador (pueden ser los mismos para los dos), se deben aportar los documentos exigidos por la Ley, básicamente:

  • certificación de matrimonio,
  • certificado de nacimiento de los hijos y
  • acuerdo que han suscrito los esposos para regular su divorcio, el llamado convenio regulador, o pacto de relaciones familiares si les es de aplicación el Derecho Aragonés.

En tres días los cónyuges serán citados para ratificar el acuerdo y, una vez hecho lo anterior será examinado por el Juez y por el Fiscal, a fin de comprobar que no es perjudicial para los hijos o nocivo para uno de los cónyuges.

Si los hijos tienen más de doce años ,o menos y suficiente juicio a criterio del Juez, éste los oirá de forma privada, haciendo que prime la confidencialidad, tras ello dictará sentencia.

Según el Juzgado puede tardar más o menos tiempo. Si no aprobara el convenio/pacto dará diez días para proponer uno nuevo.

divorcio-mutuo-acuerdoEn el caso de que no existan hijos menores de edad o incapacitados, el trámite todavía se simplifica más pues puede hacerse ante Notario aportando el mismo acuerdo antes citado.

Es necesaria la intervención de abogado, pero no de la del procurador y el trámite es mucho más rápido.

Puede hacerse también ante el Juzgado, pero no interviene el Ministerio Fiscal y quien resuelve el divorcio no es el Juez sino el Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario Judicial).

Necesitas más información?, tienes alguna duda?, contacta con nosotros. Somos un despacho con alta especialización en Derecho de Familia en general y Derecho Foral Aragonés. 

 

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